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Artículo 7.- (Graduación de los beneficios).

/ Guía de Actuación para la Aplicación de la Colaboración Eficaz - D.S. 4757 / Por editorialpuntoclave65@gmail.com

Las entidades competentes para ponderar el o los beneficios a otorgarse, tomarán especialmente en cuenta:

a)La gravedad o complejidad del delito y responsabilidad por el hecho;

b)El grado de eficacia e importancia de la colaboración;

c)El momento procesal en el que se preste la información o colaboración.

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