Cuando la organización criminal que opera en el país tenga vinculaciones internacionales, la Fiscalía podrá coordinar la investigación con otros países u organismos internacionales. A este efecto, podrá conformar equipos conjuntos de investigación.
Toda investigación que se realice en el país estará a cargo de un fiscal nacional y sometida al control de los jueces de la República.
Los acuerdos de investigación conjunta serán aprobados por el Fiscal General de la República.