Si el recurso interpuesto no prospera o es desistido, las costas recaerán sobre quien lo haya interpuesto. Si el recurso prospera las costas serán cubiertas por quienes se hayan opuesto a él o por el Estado, según los casos.
Si el recurso interpuesto no prospera o es desistido, las costas recaerán sobre quien lo haya interpuesto. Si el recurso prospera las costas serán cubiertas por quienes se hayan opuesto a él o por el Estado, según los casos.