El Registro Judicial de Antecedentes Penales, dependiente del Consejo de la Judicatura, tendrá a su cargo el registro centralizado de las siguientes resoluciones:
1.Las Sentencias condenatorias ejecutoriadas;
2.Las que declaren la rebeldía; y,
3.Las que suspendan condicionalmente el proceso.
Todo juez o tribunal remitirá al registro, copia autenticada de estas resoluciones.
El Consejo de la Judicatura nombrará un director encargado del registro y reglamentará su organización y funcionamiento.