(Incorporado por la Ley No. 1768 de 10 de marzo de 1997).
Cuando la ley no conmina expresamente con pena el delito culposo, sólo es punible el delito doloso.
(Incorporado por la Ley No. 1768 de 10 de marzo de 1997).
Cuando la ley no conmina expresamente con pena el delito culposo, sólo es punible el delito doloso.