(Derogado por el Código de Procedimiento Penal de 25 de marzo de 1999).
Cuando la pena privativa de libertad recayere en una persona gravemente enferma, o en una mujer embarazada o con hijo menor de seis meses, el juez podrá diferir su ejecución.
(Derogado por el Código de Procedimiento Penal de 25 de marzo de 1999).
Cuando la pena privativa de libertad recayere en una persona gravemente enferma, o en una mujer embarazada o con hijo menor de seis meses, el juez podrá diferir su ejecución.