(Modificado por la Ley No. 2298 de 20 de diciembre de 2001).
Del producto del trabajo de los internos, la administración penitenciaria deberá retener un 20%, hasta satisfacer la responsabilidad civil emergente del delito,
(Modificado por la Ley No. 2298 de 20 de diciembre de 2001).
Del producto del trabajo de los internos, la administración penitenciaria deberá retener un 20%, hasta satisfacer la responsabilidad civil emergente del delito,