La potestad para ejecutar la pena impuesta por sentencia ejecutoriada, se extingue:
1.Por muerte del autor.
2.Por la amnistía.
3.Por la prescripción.
4.Por el perdón judicial y el de la parte ofendida, en los casos previstos en este código.
La potestad para ejecutar la pena impuesta por sentencia ejecutoriada, se extingue:
1.Por muerte del autor.
2.Por la amnistía.
3.Por la prescripción.
4.Por el perdón judicial y el de la parte ofendida, en los casos previstos en este código.