(Modificado por la Ley No. 2033 de 2 de diciembre de 1999).
El que tuviere acceso carnal con una mujer por medio de engaño o error acerca de la persona, incurrirá en privación de libertad de seis meses a dos años.
(Modificado por la Ley No. 2033 de 2 de diciembre de 1999).
El que tuviere acceso carnal con una mujer por medio de engaño o error acerca de la persona, incurrirá en privación de libertad de seis meses a dos años.