Artículo 363.- (Violación de privilegio de invención).

Será sancionado con reclusión de tres meses a dos años y multa de treinta a sesenta días, el que violare el derecho de privilegio de invención o descubrimiento, en los siguientes casos:

1.Fabricando sin autorización del concesionario objetos o productos amparados por un privilegio.

2.Usando medio o procedimiento que sea objeto de un privilegio.