Las instituciones reguladas en este Código son de orden público y de interés social, es nulo cualquier acto de renuncia o que establezca lo contrario por voluntad de las y los particulares, salvo en los casos expresamente permitidos por este Código.
Las instituciones reguladas en este Código son de orden público y de interés social, es nulo cualquier acto de renuncia o que establezca lo contrario por voluntad de las y los particulares, salvo en los casos expresamente permitidos por este Código.