I. Los actos y antecedentes de todo proceso constarán en un expediente, organizado en forma cronológica.
II. Los expedientes deberán contar con una versión digital actualizada, cuando la autoridad competente lo reglamente.
I. Los actos y antecedentes de todo proceso constarán en un expediente, organizado en forma cronológica.
II. Los expedientes deberán contar con una versión digital actualizada, cuando la autoridad competente lo reglamente.