I.Extinguida la asociación, se procederá a la liquidación del patrimonio.
II.Los bienes sobrantes se adjudicarán de conformidad a los estatutos y cuando estos no dispongan nada al respecto, se atribuirán a la Universidad nacional del distrito.
I.Extinguida la asociación, se procederá a la liquidación del patrimonio.
II.Los bienes sobrantes se adjudicarán de conformidad a los estatutos y cuando estos no dispongan nada al respecto, se atribuirán a la Universidad nacional del distrito.