ARTÍCULO 614. (OBLIGACIONES PRINCIPALES DEL VENDEDOR).-

El vendedor tiene, respecto al comprador, las obligaciones principales siguientes:

1.Entregarle la cosa vendida.

2.Hacerle adquirir la propiedad de la cosa o el derecho si la adquisición no ha sido efecto inmediato del contrato.

3.Responderle por la evicción y los vicios de la cosa.