I.La donación puede hacerse en favor de quien está solamente concebido, o en favor de hijos aún no concebidos de una persona que vive en el momento de la donación.
II.Los padres de los hijos por nacer y de los no concebidos, aceptan la donación.
I.La donación puede hacerse en favor de quien está solamente concebido, o en favor de hijos aún no concebidos de una persona que vive en el momento de la donación.
II.Los padres de los hijos por nacer y de los no concebidos, aceptan la donación.