Quien recibió lo indebido debe también los respectivos frutos e intereses:
1.Desde el día del pago si procedió de mala fe.
2.Desde el día de la demanda si procedió de buena fe.
Quien recibió lo indebido debe también los respectivos frutos e intereses:
1.Desde el día del pago si procedió de mala fe.
2.Desde el día de la demanda si procedió de buena fe.