ARTÍCULO 1119. (INCAPACES PARA TESTAR).-

Están incapacitados para testar:

1.Los menores que no han cumplido la edad de 16 años.

2.Los interdictos.

3.Quienes no se hallen en su sano juicio, por cualquier causa, al hacer el testamento.

4.Los sordomudos y los mudos que no sepan o no puedan escribir.