I.Todo el que puede ser heredero puede ser legatario.
II.A falta de disposiciones especiales, los legatarios se rigen por las relativas a la institución de herederos, en cuanto les sean aplicables.
I.Todo el que puede ser heredero puede ser legatario.
II.A falta de disposiciones especiales, los legatarios se rigen por las relativas a la institución de herederos, en cuanto les sean aplicables.