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ARTÍCULO 256. (NATURALEZA Y OBJETO).

/ Código Procesal Civil - Ley No. 439 / Por editorialpuntoclave65@gmail.com

La apelación es el recurso ordinario concedido en favor de la parte litigante que impugne una resolución judicial que le cause agravio, con objeto de que el tribunal superior la modifique, revoque, deje sin efecto o anule.

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