I.Si el superior declarare legal la compulsa, todo lo actuado por el inferior a partir de la interposición del recurso, será nulo de pleno derecho.
II.No será admisible ningún recurso contra la resolución que resuelva la compulsa.
I.Si el superior declarare legal la compulsa, todo lo actuado por el inferior a partir de la interposición del recurso, será nulo de pleno derecho.
II.No será admisible ningún recurso contra la resolución que resuelva la compulsa.