Artículo 298.

I. Son competencias privativas del nivel central del Estado:

1.            Sistema financiero.

2.            Política monetaria, Banco Central, sistema monetario, y la política cambiaria.

3.            Sistema de pesas y medidas, así como la determinación de la hora oficial.

4.            Régimen aduanero.

5.            Comercio Exterior.

6.            Seguridad del Estado, Defensa, Fuerzas Armadas y Policía boliviana.

7.            Armas de fuego y explosivos.

8.            Política exterior.

9.            Nacionalidad, ciudadanía, extranjería, derecho de asilo y refugio.

10.          Control de fronteras en relación a la seguridad del Estado.

11.          Regulación y políticas migratorias.

12.          Creación, control y administración de las empresas públicas estratégicas del nivel central del Estado.

13.          Administración del patrimonio del Estado Plurinacional y de las entidades públicas del nivel central del Estado.

14.          Control del espacio y tránsito aéreo, en todo el territorio nacional. Construcción, mantenimiento y administración de aeropuertos internacionales y de tráfico interdepartamental.

15.          Registro Civil.

16.          Censos oficiales.

17.          Política general sobre tierras y territorio, y su titulación.

18.          Hidrocarburos.

19.          Creación de impuestos nacionales, tasas y contribuciones especiales de dominio tributario del nivel central del Estado.

20.          Política general de Biodiversidad y Medio Ambiente.

21.          Codificación sustantiva y adjetiva en materia civil, familiar, penal, tributaria, laboral, comercial, minería y electoral.

22.          Política económica y planificación nacional.

II. Son competencias exclusivas del nivel central del Estado:

1.            Régimen electoral nacional para la elección de autoridades nacionales y subnacionales, y consultas nacionales.

2.            Régimen general de las comunicaciones y las telecomunicaciones.

3.            Servicio postal.

4.            Recursos naturales estratégicos, que comprenden minerales, espectro electromagnético, recursos genéticos y biogenéticos y las fuentes de agua.

5.            Régimen general de recursos hídricos y sus servicios.

6.            Régimen general de biodiversidad y medio ambiente.

7.            Política Forestal y régimen general de suelos, recursos forestales y bosques.

8.            Política de generación, producción, control, transmisión y distribución de energía en el sistema interconectado.

9.            Planificación, diseño, construcción, conservación y administración de carreteras de la Red Fundamental.

10. Construcción, mantenimiento y administración de líneas férreas y ferrocarriles de la Red Fundamental.

11.         Obras públicas de infraestructura de interés del nivel central del Estado.

12.         Elaboración y aprobación de planos y mapas cartográficos oficiales; geodesia.

13.         Elaboración y aprobación de estadísticas oficiales.

14.         Otorgación de personalidad jurídica a organizaciones sociales que desarrollen Actividades en más de un Departamento.

15.          Otorgación y registro de personalidad jurídica a Organizaciones No Gubernamentales, Fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en más de un Departamento.

16.         Régimen de Seguridad Social.

17.         Políticas del sistema de educación y salud.

18.         Sistema de Derechos Reales en obligatoria coordinación con el registro técnico municipal.

19.         Áreas protegidas bajo responsabilidad del nivel central del Estado.

20.         Reservas fiscales respecto a recursos naturales.

21.         Sanidad e inocuidad agropecuaria.

22.         Control de la administración agraria y catastro rural.

23.         Política fiscal.

24.         Administración de Justicia.

25.         Promoción de la cultura y conservación del patrimonio cultural. histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible de interés del nivel central del Estado.

26.          Expropiación de inmuebles por razones de utilidad y necesidad pública, conforme al procedimiento establecido por Ley.

27.          Centros de información y documentación, archivos, bibliotecas, museos, hemerotecas y otros de interés del nivel central del Estado.

28.          Empresas públicas del nivel central del Estado.

29.         Asentamientos humanos rurales.

30.         Políticas de servicios básicos.

31.          Políticas y régimen laborales.

32.         Transporte, terrestre, aéreo, fluvial y otros cuando alcance a mas de un departamento.

33.          Políticas de planificación territorial y ordenamiento territorial.

34.          Deuda pública interna y externa.

35.          Políticas generales de desarrollo productivo.

36.          Políticas generales de vivienda.

37.          Políticas generales de turismo.

38.          Régimen de la tierra. La ley determinará las facultades a ser transferidas o delegadas a las autonomías.