1. Cuando se trate de una Magistrada o Magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional, la excusa se presentará ante la Comisión de Admisión, que la remitirá a la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional.
2. En un plazo de cuarenta y ocho horas, la Sala Plena resolverá la excusa mediante auto por mayoría de votos, sin recurso ulterior.
3. Si la excusa fuere declarada ilegal, la Magistrada o Magistrado reasumirá el conocimiento de la causa.
4. Si la excusa fuere declarada legal, se sustituirá a la Magistrada o Magistrado excusado del conocimiento de la causa.
5. Producida la excusa, la Magistrada o Magistrado no podrá realizar ningún acto en la misma causa, bajo sanción de nulidad.