Artículo 84.- (Efectos de la Sentencia).

I. Las sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional Plurinacional en Acciones de Inconstitucionalidad Concreta, surtirán los mismos efectos establecidos para la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta.

II. Las Servidoras o Servidores Públicos y personas particulares que estuvieren obligados a dar cumplimiento a la sentencia y no lo hicieren, serán sometidos a Proceso Penal, a cuyo efecto se remitirán antecedentes al Ministerio Público.