Artículo 142.- (Sentencia y efectos).

El Tribunal Constitucional Plurinacional dictará sentencia en el plazo de cuarenta y cinco días desde su admisión y declarará:

1.            Fundado el recurso, caso en el que la Resolución impugnada será declarada nula.

2.            Infundado el recurso, subsistiendo la Resolución impugnada, con imposición de costas y multa al recurrente.