Ir al contenido
Punto Clave
Punto Clave
Email
  • Inicio
  • Puntos de Venta
  • Iniciar sesión
Punto Clave
Punto Clave
  • Inicio
  • Puntos de Venta
  • Iniciar sesión
Email

Artículo 144.- (Acto).

/ Código Procesal Constitucional - Ley No. 254 / Por escribepuntoclave@gmail.com

Se entenderá por acto, toda declaración, disposición o decisión, con alcance general o particular, de autoridad u Órgano Público, emitida en violación de la Constitución Política del Estado o las leyes.

← Entrada anterior
Entrada siguiente →