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Artículo 20.  Derecho a la Nacionalidad.   

/ Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José – Corte IDH) - Ley No. 1430 / Por escribepuntoclave@gmail.com

1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

2. Toda persona tiene derecho a la nacionalidad del Estado en cuyo territorio nació si no tiene derecho a otra.

3. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiarla.

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