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Artículo 114. Pago de los gastos.

/ Estatuto de Roma (Corte Penal Internacional – CPI) - Ley No. 2398 / Por escribepuntoclave@gmail.com

Los gastos de la Corte y de la Asamblea de los Estados Partes, incluidos los de su Mesa y órganos subsidiarios, se sufragarán con fondos de la Corte.

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