ARTÍCULO 1168. (NOCIÓN).-
I.Sustituir es nombrar uno o más herederos para que a falta del sustituido reciban la herencia. II.Tendrán lugar la sustitución cuando el sustituido muera antes que el testador, o renuncie o no pueda aceptar la herencia, o no cumpla las condiciones impuestas. Se presume que la sustitución fue determinada por cualquiera de esas alternativas, aún […]