ARTÍCULO 1135. (EFICACIA DEL TESTAMENTO OTORGADO EN CASO DE RIESGO GRAVE).-
I.La eficacia del testamento otorgado en caso de riesgo grave sólo tendrá efecto si el testador fallece como resultado del riesgo o dentro de los tres meses de haber cesado la causa que le indujo a testar. II.Si el testador muere en ese intervalo, el testamento escrito o el acta se depositará bajo constancia ante […]
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