Artículo 373. (ADHESIÓN A LA APELACIÓN).
La parte que no apeló, a tiempo de contestar, podrá adherirse al recurso interpuesto, en todo aquello que le resulte perjudicial.
La parte que no apeló, a tiempo de contestar, podrá adherirse al recurso interpuesto, en todo aquello que le resulte perjudicial.
I. El recurso de apelación se interpondrá dentro del plazo de diez (10) días, tratándose de sentencias o autos definitivos, salvo disposición expresa en contrario. II. Estos plazos son perentorios y se computarán desde el día siguiente a su notificación.
La apelación es un recurso ordinario aplicable contra resoluciones de primera instancia, salvo que la Ley disponga lo contrario.
I. La autoridad judicial resolverá el recurso de manera inmediata y en el mismo acto cuando haya sido formulado en audiencia. II. Si se sustanciara fuera de la audiencia con la contestación escrita o sin ella, se resolverá de oficio en el término de veinticuatro (24) horas. III. En ambos casos, sin mayor trámite se
I. Si la resolución es pronunciada en audiencia, el recurso de reposición será interpuesto en la misma audiencia. La contraparte podrá pronunciarse sobre el mismo de forma inmediata. II. En caso de pronunciarse la resolución fuera de audiencia, deberá interponerse el recurso en forma escrita dentro de los tres (3) días siguientes al de su
El recurso de reposición procede contra los decretos o autos interlocutorios, para que la autoridad judicial que los haya dictado, advertida de su error, pueda modificarlos o dejarlos sin efecto. Procede la reposición con alternativa de apelación únicamente contra los autos interlocutorios.
Cuando quien impugne lo haga en representación de la niña, niño o adolescente, persona en situación de discapacidad, grave o muy grave, o se trate de persona adulta mayor, por ningún motivo el tribunal de alzada podrá empeorar la situación del recurrente.
Artículo 367. (PROHIBICIÓN EN CASO DE PERSONAS VULNERABLES). Leer más »
Las resoluciones judiciales podrán impugnarse mediante los recursos de: a)Reposición. b)Apelación. c)Casación. d)Compulsa.