Artículo 292. (REGLAS).
Todas las audiencias se sujetan a las siguientes reglas: a)Serán presididas por la autoridad judicial que la instaló hasta su conclusión, bajo pena de nulidad. b)Son públicas, excepcionalmente se dispondrá su reserva, de oficio o a solicitud de parte, para proteger derechos de las personas adultas mayores, de niñas, niños y adolescentes, o la dignidad, […]