LIBRO SEGUNDO
DESARROLLO DE LOS PROCESOS
I.Las costas y costos del recurso desestimado serán de cargo del recurrente. II.Si el recurso se declarare fundado, se condenará en costas y costos al recurrido, si éste hubiere tenido participación en los hechos que dieron lugar a la revocatoria de la sentencia. III.En los demás casos, las costas y costos se determinarán según las
La sentencia que resuelva el recurso sólo admitirá el pedido de aclaración, enmienda o complementación.
I.Si se declarare fundado el recurso, se dictará nueva sentencia anulando total o parcialmente o modificando la anterior. II.Si se rechazare el recurso se condenará al pago de daños y perjuicios al recurrente, si hubiere lugar.
I.El Tribunal Supremo de Justicia una vez verificado la observancia de los plazos y los requisitos señalados, dispondrá que el tribunal o juzgado donde se encuentra el proceso lo remita en el plazo máximo de diez días, y emplazará a las partes que hubieren litigado en el mismo, a sus sucesores o causahabientes, para que
El recurso extraordinario de revisión será admisible siempre que cumpliere con los requisitos siguientes: 1.Presentación de las fotocopias legalizadas de las sentencias respectivas con certificación de sus ejecutorias. 2.Expresión concreta de la causa que se invocare y los fundamentos que se alegaren. 3.Indicación del juzgado donde se encontrare el expediente en el cual se pronunció
I.El recurso extraordinario de revisión sólo podrá interponerse dentro del plazo fatal de un año computable desde la fecha en que la sentencia quedó ejecutoriada. II.Si se presentare vencido este plazo, será rechazado de inmediato; sin embargo, si durante un año, no se hubiere fallado aún en el proceso dirigido a la comprobación de las
El recurso extraordinario de revisión será interpuesto por quienes hubieren sido parte en el proceso ordinario, por sus sucesores o causahabientes a título universal o particular.
Habrá lugar al recurso extraordinario de revisión ante el Tribunal Supremo de Justicia de una sentencia ejecutoriada en proceso ordinario, en los casos siguientes: I.Si ella se hubiere fundado en documentos declarados falsos por otra sentencia ejecutoriada que se hubiere dictado con posterioridad a la sentencia que se tratare de rever. II.Si habiéndose dictado exclusivamente