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ARTÍCULO 274. (REQUISITOS).

I.El recurso deberá reunir los siguientes requisitos: 1.Será presentado por escrito ante el tribunal que dictó el auto de vista cuya casación se pretenda. 2.Citará en términos claros y precisos el auto de vista del que se recurriere, y su foliación. 3.Expresará, con claridad y precisión, la Ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida […]

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ARTÍCULO 269. (EJECUCIÓN PROVISIONAL).

I.Si se recurriere de una sentencia de condena, la parte vencedora podrá solicitar la ejecución provisional, prestando garantía suficiente para responder, en su caso, a los gastos judiciales y daños y perjuicios ocasionados a la parte contraria. II.La solicitud se presentará ante la misma autoridad judicial que conoció en primera instancia, formándose en los casos

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