ARTÍCULO 263. (CONCESIÓN).
I.Interpuesta en la forma y plazo la apelación, será admitida con indicación expresa del efecto en que se la concede, previas las notificaciones a las partes, será remitido al tribunal superior en el término de veinticuatro horas. II.Si el recurso fuere rechazado o fuere concedido en efecto que no corresponde, la parte podrá hacer uso […]