Artículo 27.- (Privativas de libertad).
Son penas privativas de libertad: 1.(PRESIDIO). El presidio se aplicará a los delitos que revistan mayor gravedad y tendrá duración de uno a treinta años. En los de concurso el máximo no podrá, en ningún caso, exceder de treinta años. 2.(RECLUSIÓN). La reclusión se aplicará a los delitos de menor gravedad y su duración será […]