Artículo 285.- (Forma y contenido).
(Modificado por la Ley No. 1173 de 3 de mayo de 2019). La denuncia podrá presentarse en forma escrita o verbal. Cuando sea verbal será registrada en formulario único y oficial que contendrá la firma del denunciante y del funcionario interviniente. En toda denuncia, el funcionario que la reciba comprobará y dejará constancia de la […]