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Artículo 5.- (Objeto de la colaboración eficaz).

La información que proporcione el Colaborador Eficaz, debe cumplir con los siguientes objetivos: a)Ayudar a esclarecer los delitos investigados o conexos; b)Revelar la identidad de autores o partícipes de los delitos investigados u otros conexos; c)Conocer las circunstancias en las que se planificó y ejecutó el delito, o las circunstancias en las que se viene […]

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Artículo 4.- (Principios).

La aplicación del presente Decreto Supremo y la Guía de Actuación para la Aplicación de la Colaboración Eficaz, se regirá por los siguientes principios: a)Imparcialidad, debe actuar al margen de todo prejuicio, parcialización, discriminación o distinción; b)Informalismo, el procedimiento se llevará a cabo de manera eficiente, sin ritos excesivos que atenten contra la eficacia de

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