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ARTÍCULO 250 quater. (SUSTRACCIÓN DE UTILIDADES DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS FAMILIARES).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 348 de 9 de marzo de 2013 ARTÍCULO 250 quater. (SUSTRACCIÓN DE UTILIDADES DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS FAMILIARES).La persona que disponga unilateralmente de las ganancias derivadas de una actividad económica familiar o disponga de ellas para su exclusivo beneficio personal, en perjuicio de los derechos de su cónyuge o

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ARTÍCULO 250 ter. (VIOLENCIA PATRIMONIAL).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 348 de 9 de marzo de 2013 ARTÍCULO 250 ter. (VIOLENCIA PATRIMONIAL).Quien por cualquier medio impida, limite o prohíba el uso, el disfrute, Id administración, la transformación, o la disposición de uno o varios bienes propios de la mujer con quien mantenga una relación de matrimonio o unión

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ARTÍCULO 250 bis. (VIOLENCIA ECONÓMICA).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 348 de 9 de marzo de 2013 ARTÍCULO 250 bis. (VIOLENCIA ECONÓMICA).Será sancionada con pena privativa de libertad de dos (2) a cuatro (4) años, la persona que incurra en alguna de las siguientes conductas: a) Menoscabe, limite o restrinja la libre disposición del ingreso económico de la

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ARTÍCULO 247.- (INDUCCIÓN A FUGA DE UNA NIÑA, NIÑO, ADOLESCENTE O JURÍDICAMENTE INCAPAZ).

Vigente – Modificado por la Ley No. 054 de 10 de noviembre de 2010 ARTÍCULO 247.- (INDUCCIÓN A FUGA DE UNA NIÑA, NIÑO, ADOLESCENTE O JURÍDICAMENTE INCAPAZ).El que indujere a fugar a un menor de dieciséis años o a un jurídicamente incapaz o con su consentimiento y para el mismo fin lo substrajere de la

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ARTÍCULO 245.- (ATENUACIÓN POR CAUSA DE HONOR).

Vigente – Declarado inconstitucional en parte – Jurisprudencia – Sentencia Constitucional No. 2014 0206, 5 de febrero de 2014 ARTÍCULO 245.- (ATENUACIÓN POR CAUSA DE HONOR).El que para salvar la propia honra o la de su mujer, madre, descendiente, hija adoptiva o hermana, hubiere incurrido en los casos de los incisos 2) y 3) del

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