Artículo 370.
I. El Estado otorgará derechos mineros en toda la cadena productiva, suscribirá contratos mineros con personas individuales y colectivas previo cumplimiento de las normas establecidas en la ley. II. El Estado promoverá y fortalecerá las cooperativas mineras para que contribuyan al desarrollo económico social del país. III. El derecho minero en toda la cadena productiva, […]