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Artículo 190.

I. Las naciones y pueblos indígena originario campesinos ejercerán sus funciones jurisdiccionales y de competencia a través de sus autoridades, y aplicarán sus principios, valores culturales, normas y procedimientos propios. II. La jurisdicción indígena originaria campesina respeta el derecho a la vida, el derecho a la defensa y demás derechos y garantías establecidos en la […]

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Artículo 189.

Son atribuciones del Tribunal Agroambiental, además de las señaladas por la ley: 1.            Resolver los recursos de casación y nulidad en las acciones reales agrarias, forestales, ambientales, de aguas, derechos de uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables, hídricos, forestales y de la biodiversidad; demandas sobre actos que atenten contra la fauna, la flora,

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Artículo 188.

I. Las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Agroambiental serán elegidas y elegidos mediante sufragio universal, según el procedimiento, mecanismos y formalidades para los miembros del Tribunal Supremo de Justicia. II. El sistema de prohibiciones e incompatibilidades aplicado a las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Agroambiental será el de los servidores públicos. III. El

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Artículo 184.

Son atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia, además de las señaladas por la ley: 1.            Actuar como tribunal de casación y conocer recursos de nulidad en los casos expresamente señalados por la ley. 2.            Dirimir conflictos de competencias suscitados entre los tribunales departamentales de justicia. 3.            Conocer, resolver y solicitar en única instancia los procesos

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