editorialpuntoclave65@gmail.com

editorialpuntoclave65@gmail.com

ARTÍCULO 913. (CONTRATOS RELATIVOS A DEUDAS DE JUEGO O APUESTAS).- (Derogado por la Ley No. 060 de 25 de Noviembre de 2010

Derogado por la Ley No. 060 de 25 de Noviembre de 2010 ARTÍCULO 913. (CONTRATOS RELATIVOS A DEUDAS DE JUEGO O APUESTAS).-I. Se aplican también las reglas precedentes a todo contrato o documento que encubra o implique reconocimiento, innovación o garantía para deudas de juego o apuestas; pero la nulidad resultante no puede ser opuesta […]

ARTÍCULO 913. (CONTRATOS RELATIVOS A DEUDAS DE JUEGO O APUESTAS).- (Derogado por la Ley No. 060 de 25 de Noviembre de 2010 Leer más »

ARTÍCULO 912. (APUESTAS PROHIBIDAS).- (Derogado por la Ley No. 060 de 25 de Noviembre de 2010

Derogado por la Ley No. 060 de 25 de Noviembre de 2010 ARTÍCULO 912. (APUESTAS PROHIBIDAS).-Son prohibidas las apuestas que tienen analogía con los juegos no permitidos y se les aplicará lo dispuesto en los tres artículos precedentes. Texto Original ARTÍCULO 912. (APUESTAS PROHIBIDAS).-Son prohibidas las apuestas que tienen analogía con los juegos no permitidos

ARTÍCULO 912. (APUESTAS PROHIBIDAS).- (Derogado por la Ley No. 060 de 25 de Noviembre de 2010 Leer más »

ARTÍCULO 911. (PROHIBICIÓN DE REPETIR).- (Derogado por la Ley No. 060 de 25 de Noviembre de 2010

Derogado por la Ley No. 060 de 25 de Noviembre de 2010 ARTÍCULO 911. (PROHIBICIÓN DE REPETIR).-El que ha perdido ,en ningún caso puede repetir lo que ha pagado voluntariamente, a menos que haya habido dolo por parte de quien ganó, o si el que perdió es incapaz. Texto Original ARTÍCULO 911. (PROHIBICIÓN DE REPETIR).-El

ARTÍCULO 911. (PROHIBICIÓN DE REPETIR).- (Derogado por la Ley No. 060 de 25 de Noviembre de 2010 Leer más »

ARTÍCULO 910. (FALTA DE ACCIÓN; PRESCRIPCIÓN).- (Derogado por la Ley No. 060 de 25 de Noviembre de 2010

Derogado por la Ley No. 060 de 25 de Noviembre de 2010 ARTÍCULO 910. (FALTA DE ACCIÓN; PRESCRIPCIÓN).-I. La ley no concede acción para el pago de una deuda que resulta de juego prohibido. II. Los jueces pueden rechazar en los juegos permitidos la demanda de suma que les parezca excesiva. La acción prescribe en

ARTÍCULO 910. (FALTA DE ACCIÓN; PRESCRIPCIÓN).- (Derogado por la Ley No. 060 de 25 de Noviembre de 2010 Leer más »

ARTÍCULO 909. (PROHIBICIÓN DE JUEGOS DE AZAR).- (Derogado por la Ley No. 060 de 25 de Noviembre de 2010

Derogado por la Ley No. 060 de 25 de Noviembre de 2010 ARTÍCULO 909. (PROHIBICIÓN DE JUEGOS DE AZAR).-Se prohíbe todo juego de envite, suerte o azar y se permiten los que comúnmente se denominan juegos de carteo y los que por su naturaleza contribuyen a la destreza y ejercicio del cuerpo o de la

ARTÍCULO 909. (PROHIBICIÓN DE JUEGOS DE AZAR).- (Derogado por la Ley No. 060 de 25 de Noviembre de 2010 Leer más »

ARTÍCULO 138. (USUCAPlÓN DECENAL O EXTRAORDINARIA).-

Declarado Inconstitucional – Sentencia Constitucional 2004 0024 de 16 de Marzo de 2004 ARTÍCULO 138. (USUCAPlÓN DECENAL O EXTRAORDINARIA).-La propiedad de un bien inmueble se adquiere también por sólo la posesión continuada durante diez años. Texto Original ARTÍCULO 138. (USUCAPlÓN DECENAL O EXTRAORDINARIA).-La propiedad de un bien inmueble se adquiere también por sólo la posesión

ARTÍCULO 138. (USUCAPlÓN DECENAL O EXTRAORDINARIA).- Leer más »

ARTÍCULO 1568. (TÉRMINOS DE LA USUCAPIÓN, PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD QUE HUBIEREN EMPEZADO A CORRER).-

I.Los términos de la usucapión y de la prescripción que hubieren empezado a correr de acuerdo a las disposiciones del Código Civil y demás leyes anteriores a la vigencia de este Código, se regirán por ellas. II.Esta disposición es aplicable también a los términos de la caducidad.

ARTÍCULO 1568. (TÉRMINOS DE LA USUCAPIÓN, PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD QUE HUBIEREN EMPEZADO A CORRER).- Leer más »