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ARTÍCULO 1479. (EXTINCIÓN DE DERECHOS DE TERCEROS SOBRE LA COSA VENDIDA).-

I.Cuando el objeto de la venta forzosa es un inmueble o mueble sujeto a registro y la subasta se efectúa con citación de los acreedores que tienen constituidas hipotecas o anticresis sobre el bien, éstas se extinguen desde que el adjudicatario consigna el precio de la venta a la orden del juez. II.Cuando el objeto

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