Código Civil – Ley No. 1071

ARTÍCULO 1165. (FIANZA POR EL CUMPLIMIENTO).-

En los casos de disposiciones testamentarias sometidas a condición suspensiva o resolutoria a término inicial, se podrá exigir por la parte interesada, y según las circunstancias fianza o caución a quien corresponda por el período en que estén la condición o el término pendiente; en caso contrario se designará un administrador caucionado para los bienes.

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