ARTÍCULO 1119. (INCAPACES PARA TESTAR).-
Están incapacitados para testar: 1.Los menores que no han cumplido la edad de 16 años. 2.Los interdictos. 3.Quienes no se hallen en su sano juicio, por cualquier causa, al hacer el testamento. 4.Los sordomudos y los mudos que no sepan o no puedan escribir.