Disposición Final – Única
En el marco del Artículo 123 de la Constitución Política del Estado, la o el fiscal, la jueza o el juez, o tribunal, deberán aplicar el principio de retroactividad en todo lo que beneficie al imputado.
En el marco del Artículo 123 de la Constitución Política del Estado, la o el fiscal, la jueza o el juez, o tribunal, deberán aplicar el principio de retroactividad en todo lo que beneficie al imputado.
I. Se derogan las siguientes disposiciones: a) Los numerales 5 y 6 del Artículo 25, Artículo 30 y Artículo 31 de la Ley No. 004 de 31 de marzo de 2010, de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”; b)Los Artículos 36, 96, 149, 150 Bis, 173 Bis,
Se modifican los Artículos 91 Bis y 344 Bis, con los siguientes textos: (Modificaciones ya incorporadas en el correspondiente texto. Para mayor detalle ver en nuestro Sitio WEB las Tablas de Modificaciones de ambas Leyes).
Se incorporan los Artículos 14 Bis, 35 Bis, 35 Ter, 35 Quater, 35 Quinquies, según los siguientes textos: (Modificaciones ya incorporadas en el correspondiente texto. Para mayor detalle ver en nuestro Sitio WEB las Tablas de Modificaciones de ambas Leyes).
Se incorporan los Artículos 5 Bis, 23 Bis, 23 Ter, 26 Bis, 26 Ter, 26 Quater, 26 Quinquies, 26 Sexies, 26 Septies, 26 Octies y 146 Ter, con los siguientes textos: (Modificaciones ya incorporadas en el correspondiente texto. Para mayor detalle ver en nuestro Sitio WEB las Tablas de Modificaciones de ambas Leyes).
Se modifican los Artículos 2 y 5, según los siguientes textos: (Modificaciones ya incorporadas en el correspondiente texto. Para mayor detalle ver en nuestro Sitio WEB las Tablas de Modificaciones de ambas Leyes).
Se modifican los Artículos 34, 105, 142, 144, 145, 146, 147, 150, 151, 152, 153, 154, 157, 158, 163, 173, 174, 177, 221, 222, 224, 225 y 229, con los siguientes textos: (Modificaciones ya incorporadas en el correspondiente texto. Para mayor detalle ver en nuestro Sitio WEB las Tablas de Modificaciones de ambas Leyes).
La presente Ley tiene por objeto fortalecer los mecanismos y procedimientos establecidos en el marco de la Ley No. 004 de 31 de marzo de 2010, de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”, del Código Penal y del Código de Procedimiento Penal, destinados a investigar, procesar y