Código Penal – Ley No. 1768 – Modificados

ARTÍCULO 224.- (CONDUCTA ANTIECONÓMICA).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1390 de 27 de agosto de 2021 ARTÍCULO 224.- (CONDUCTA ANTIECONÓMICA).I. La servidora, servidor, empleada o empleado público que, hallándose en el ejercicio de cargos directivos o de similar responsabilidad, en instituciones o entidades públicas o empresas estatales, por manifiesta mala administración o dirección técnica, cause daños al […]

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ARTÍCULO 223 BIS.- (TRÁFICO ILEGAL DE VIDA SILVESTRE).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 1525 de 9 de noviembre de 2023 ARTÍCULO 223 BIS.- (TRÁFICO ILEGAL DE VIDA SILVESTRE).I. La persona que sin autorización legal de la Autoridad Ambiental Competente Nacional, capture, posea, adquiera, transporte, almacene, introduzca o extraiga del país un espécimen, especies de fauna y flora silvestre con fines comerciales

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ARTÍCULO 223 TER.- (ENVENENAMIENTO DE LA FAUNA SILVESTRE).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 1525 de 9 de noviembre de 2023 ARTÍCULO 223 TER.- (ENVENENAMIENTO DE LA FAUNA SILVESTRE).La persona que use sustancias químicas, tóxicas o peligrosas de cualquier naturaleza causando el envenenamiento de especies y especímenes de fauna silvestre, provocando su muerte, será sancionado con privación de libertad de cuatro (4)

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ARTÍCULO 223.- (DESTRUCCIÓN O DETERIORO DE BIENES DEL ESTADO Y LA RIQUEZA NACIONAL).

Vigente – Modificado por la Ley No. 530 de 27 de mayo de 2014 ARTÍCULO 223.- (DESTRUCCIÓN O DETERIORO DE BIENES DEL ESTADO Y LA RIQUEZA NACIONAL).El que destruyere, deteriorare, substrajere o exportare un bien perteneciente al dominio público, una fuente de riqueza, monumentos u objetos del Patrimonio Cultural Material Boliviano, incurrirá en privación de

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ARTÍCULO 222.- (INCUMPLIMIENTO DE CONTRATOS).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1390 de 27 de agosto de 2021  ARTÍCULO 222.- (INCUMPLIMIENTO DE CONTRATOS).I. La persona que, habiendo suscrito contrato con el Estado, empresas públicas, entidades autónomas, autárquicas, mixtas, descentralizadas, desconcentradas o entidades territoriales autónomas, lo incumpla dolosa e injustificadamente y cause daño económico al Estado, será sancionada con privación

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ARTÍCULO 221.- (CONTRATOS LESIVOS).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1390 de 27 de agosto de 2021 ARTÍCULO 221.- (CONTRATOS LESIVOS).I. La servidora, servidor, empleada o empleado público que suscriba contratos, conociendo que son contrarios a disposiciones expresas y taxativas de la Constitución Política del Estado o de una disposición legal vigente y concreta, y cause daño económico

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ARTÍCULO 217.- (VIOLACIÓN DE LEY DE ESTUPEFACIENTES).

Vigente – Modificado por la Ley No. 755 de 28 de octubre de 2015 ARTÍCULO 216.- (DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA).Incurrirá en privación de libertad de uno (1) a diez (10) años, el que: 1. Propagare enfermedades graves o contagiosas u ocasionare epidemias. 2. Envenenare, contaminare o adulterare aguas “destinadas” al consumo público, al uso

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ARTÍCULO 211 bis. (USO ILEGAL DE MATERIAL NUCLEAR O MATERIAL RADIACTIVO).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 1205 de 1 de agosto de 2019 ARTÍCULO 211 bis. (USO ILEGAL DE MATERIAL NUCLEAR O MATERIAL RADIACTIVO).Será sancionada con pena privativa de libertad de cinco (5) a quince (15) años, la persona que realice alguna de las siguientes conductas: 1. Reciba, obtenga, posea, use, transfiera, altere, evacue,

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ARTÍCULO 216.- (DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA).

Vigente – Modificado por la Ley No. 755 de 28 de octubre de 2015 ARTÍCULO 216.- (DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA).Incurrirá en privación de libertad de uno (1) a diez (10) años, el que: 1. Propagare enfermedades graves o contagiosas u ocasionare epidemias. 2. Envenenare, contaminare o adulterare aguas “destinadas” al consumo público, al uso

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