Código Penal – Ley No. 1768 – Modificados

ARTÍCULO 102.- (COMIENZO DEL TÉRMINO DE LA PRESCRIPCIÓN).

Derogado – Código de Procedimiento Penal – Fecha de vigencia: 31 de Marzo de 2001 ARTÍCULO 102.- (COMIENZO DEL TÉRMINO DE LA PRESCRIPCIÓN).La prescripción empezará a correr desde la media noche del día en que se cometió el delito, siempre que no se hubiere iniciado la instrucción correspondiente. En caso de que se hubiera dado […]

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ARTÍCULO 100.- (EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL).

Derogado – Código de Procedimiento Penal – Fecha de vigencia: 31 de Marzo de 2001  ARTÍCULO 100.- (EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL).La potestad para ejercer la acción, se extingue: 1. Por muerte del autor. 2. Por la amnistía. 3. Por la prescripción. 4. Por la renuncia o el desistimiento del ofendido en los delitos de

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ARTÍCULO 99.- (REHABILITACIÓN DEL INOCENTE Y DEL CONDENADO POR ERROR JUDICIAL).

Derogado – Código de Procedimiento Penal – Fecha de vigencia: 31 de Marzo de 2001  ARTÍCULO 99.- (REHABILITACIÓN DEL INOCENTE Y DEL CONDENADO POR ERROR JUDICIAL).El condenado por error judicial y el inocente, merecerán en sentencia especial plena rehabilitación. A esta sentencia se le dará la mayor publicidad. Anterior 1 – Modificado por la Ley

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ARTÍCULO 97.- (EFECTOS).

Derogado – Derogado por la Ley No. 2298 de 20 de diciembre de 2001  ARTÍCULO 97.- (EFECTOS).La rehabilitación produce los siguientes efectos: 1. La cancelación de todos los antecedentes penales. 2. La desaparición de toda incapacidad, prohibición o restricción por motivos penales.  ARTÍCULO 97.- (EFECTOS).La rehabilitación produce los siguientes efectos: 1. La cancelación de todos

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ARTÍCULO 96.- (REHABILITACIÓN).

Derogado – Derogado por la Ley No. 1390 de 27 de agosto de 2021 ARTÍCULO 96.- (REHABILITACIÓN).Cumplida la pena de inhabilitación especial, se operará la rehabilitación, sin necesidad de trámite alguno y, tendrá por efecto la desaparición de toda incapacidad, prohibición o restricción por motivos penales. Anterior 1 – Modificado por la Ley No. 2298

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ARTÍCULO 83.- (SUSPENSIÓN O PROHIBICIÓN DE ACTIVIDADES).

Derogado – Derogado por la Ley No. 1768 de 10 de marzo de 1997  ARTÍCULO 83.- (SUSPENSIÓN O PROHIBICIÓN DE ACTIVIDADES).La suspensión de actividades podrá tener una duración de un mes a dos años. Vencido este plazo, si subsistieren las causas que determinaron esta medida, el juez podrá decretar la prórroga por cuantas veces se

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ARTÍCULO 94.- (CAJA DE REPARACIONES).

Derogado – Código de Procedimiento Penal – Fecha de vigencia: 31 de Marzo de 2001  ARTÍCULO 94.- (CAJA DE REPARACIONES).El Estado creará y reglamentará el funcionamiento de una Caja de Reparaciones para atender el pago de la responsabilidad civil en los siguientes casos: 1. A las víctimas del delito, en caso de insolvencia o incapacidad

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ARTÍCULO 82.- (INTERNAMIENTO PARA REINCIDENTES).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1768 de 10 de marzo de 1997  ARTÍCULO 82.- (INTERNAMIENTO PARA REINCIDENTES).A los reincidentes, después de cumplidas las penas que les correspondan se les aplicarán internamiento en casa de trabajo o de reforma, o en una colonia penal agrícola, o bien cualquiera de las medidas previstas por el

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