Código Penal – Ley No. 1768 – Modificados

ARTÍCULO 80.- (INTERNAMIENTO).

Vigente – Modificado por el Código de Procedimiento Penal – Fecha de vigencia: 31 de Marzo de 2001 ARTÍCULO 80.- (INTERNAMIENTO).Cuando el imputado fuere declarado inimputable y absuelto por esta causa conforme al Artículo 17º, el juez podrá disponer, previo dictamen de peritos, su internación en el establecimiento correspondiente, si por causa de su estado […]

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ARTÍCULO 76.- (DELINCUENTE CAMPESINO).

Derogado – Derogado por la Ley No. 2298 de 20 de diciembre de 2001  ARTÍCULO 76.- (DELINCUENTE CAMPESINO).En todos los casos en que el condenado fuere un campesino, la sanción impuesta se cumplirá preferentemente en una colonia penal agrícola.  ARTÍCULO 76.- (DELINCUENTE CAMPESINO).En todos los casos en que el condenado fuere un campesino, la sanción

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ARTÍCULO 73.- (COMPUTO DE LA DETENCIÓN PREVENTIVA).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1768 de 10 de marzo de 1997 ARTÍCULO 73.- (COMPUTO DE LA DETENCIÓN PREVENTIVA).El tiempo de la detención preventiva se tendrá como parte cumplida de la pena privativa de libertad, a razón de un día de detención por un día de presidio, de reclusión o de prestación de

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ARTÍCULO 75.- (DISTRIBUCIÓN DEL PRODUCTO DEL TRABAJO).

Vigente – Modificado por la Ley No. 2298 de 20 de diciembre de 2001 ARTÍCULO 75.- (DISTRIBUCIÓN DEL PRODUCTO DEL TRABAJO).Del producto del trabajo de los internos, la Administración Penitenciaria deberá retener un 20%, hasta satisfacer la responsabilidad civil emergente del delito. Anterior 1 – Decreto Ley No. 11080, Ley de Ejecución de Penas y

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ARTÍCULO 72.- (JUEZ DE VIGILANCIA).

Derogado – Código de Procedimiento Penal – Fecha de vigencia: 31 de Marzo de 2001  ARTÍCULO 72.- (JUEZ DE VIGILANCIA).Para el debido cumplimiento y ejecución de las sanciones, existirá en cada distrito judicial un juez de vigilancia que se encargará de: 1. Solicitar al juez de la causa, previos los informes del caso, la revisión

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ARTÍCULO 71 bis.- (DECOMISO DE RECURSOS Y BIENES).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 1768 de 10 de marzo de 1997  ARTÍCULO 71 bis.- (DECOMISO DE RECURSOS Y BIENES).En los casos de legitimación de ganancias ilícitas provenientes de los delitos señalados en el artículo 185 bis, se dispondrá el decomiso: 1. De los recursos y bienes provenientes directa o indirectamente de la

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ARTÍCULO 68.- (REVOCATORIA).

Derogado – Código de Procedimiento Penal – Fecha de vigencia: 31 de Marzo de 2001  ARTÍCULO 68.- (REVOCATORIA).La libertad condicional se revocará si el liberado cometiere algún delito doloso o no cumpliere las condiciones establecidas en la sentencia, vigentes hasta el vencimiento del término de la condena.  ARTÍCULO 68.- (REVOCATORIA).La libertad condicional se revocará si

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ARTÍCULO 67.- (CONDICIONES).

Derogado – Código de Procedimiento Penal – Fecha de vigencia: 31 de Marzo de 2001  ARTÍCULO 67.- (CONDICIONES).La sentencia motivada que conceda la libertad, deberá imponer al condenado las condiciones siguientes: 1. Observar las normas de conducta señaladas en el artículo 61. 2. Someterse a la vigilancia de las autoridades. 3. Prestar caución de buena

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ARTÍCULO 65.- (RESPONSABILIDAD CIVIL).

Derogado – Código de Procedimiento Penal – Fecha de vigencia: 31 de Marzo de 2001  ARTÍCULO 65.- (RESPONSABILIDAD CIVIL). La suspensión condicional de la pena y el perdón judicial, no comprenden la responsabilidad civil, que deberá ser siempre satisfecha.  ARTÍCULO 65.- (RESPONSABILIDAD CIVIL). La suspensión condicional de la pena y el perdón judicial, no comprenden

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