Código Penal – Ley No. 1768 – Modificados

ARTÍCULO 353 Bis. (INGRESO NO AUTORIZADO).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 450 de 6 de diciembre de 2013 ARTÍCULO 353 Bis. (INGRESO NO AUTORIZADO).Quién o quienes sin cumplir con los requisitos de Ley, de manera no autorizada ingrese al territorio de una nación o pueblo indígena, originario que cuente con declaración expresa de emergencia de sistemas de vida en […]

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ARTÍCULO 351 bis. (AVASALLAMIENTO).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 477 de 31 de diciembre de 2013 ARTÍCULO 351 bis. (AVASALLAMIENTO).El que por sí o por terceros, mediante violencia, amenazas, engaño, abuso de confianza o cualquier otro medio, invadiere u ocupare de hecho, total o parcialmente, tierras o inmuebles individuales, colectivos, bienes de dominio público, bienes de patrimonio

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ARTÍCULO 351 ter. (AGRAVANTES PARA EL TRÁFICO DE TIERRAS Y AVASALLAMIENTO).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 477 de 31 de diciembre de 2013 ARTÍCULO 351 ter. (AGRAVANTES PARA EL TRÁFICO DE TIERRAS Y AVASALLAMIENTO).En el caso de los Artículos 337 bis y 351 bis, la pena será agravada en un tercio cuando quien comete el delito sea o haya sido servidor público, en especial

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ARTÍCULO 346 Bis.- (AGRAVACIÓN EN CASO DE VÍCTIMAS MÚLTIPLES).-

Vigente – Incorporado por la Ley No. 1768 de 10 de marzo de 1997 ARTÍCULO 346 Bis.- (AGRAVACIÓN EN CASO DE VÍCTIMAS MÚLTIPLES).-Los delitos tipificados en los artículos 335, 337, 343, 344, 345, 346 y 363 bis de este código, cuando se realicen en perjuicio de víctimas múltiples, serán sancionados con reclusión de tres a

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ARTÍCULO 346 Ter. (AGRAVACIÓN EN CASO DE VÍCTIMAS ADULTAS MAYORES).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 369 de 1 de mayo de 2013 ARTÍCULO 346 Ter. (AGRAVACIÓN EN CASO DE VÍCTIMAS ADULTAS MAYORES).Los delitos tipificados en los Artículos 336, 351 y 353 de este Código cuando se realicen en perjuicio de personas adultas mayores, serán sancionados con reclusión de tres (3) a diez (10)

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ARTÍCULO 345 Bis.- (DELITOS PREVISIONALES).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 065 de 10 de diciembre de 2010 ARTÍCULO 345 Bis.- (DELITOS PREVISIONALES).I. Apropiación Indebida de Aportes.- El Empleador que se apropiare de las Contribuciones destinadas al Sistema Integral de Pensiones, en su calidad de agente de retención y no los depositare en la Entidad señalada por Ley, dentro

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ARTÍCULO 342.- (ENGAÑO A PERSONAS INCAPACES).

Vigente – Modificado por la Ley No. 054 de 10 de noviembre de 2010 ARTÍCULO 342.- (ENGAÑO A PERSONAS INCAPACES).El que para obtener para sí o para otros algún provecho, abusando de las necesidades, de las pasiones o de la inexperiencia de una persona menor de dieciocho años o abusando del estado de enfermedad o

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