Código Penal – Ley No. 1768 – Modificados

ARTÍCULO 66.- (LIBERTAD CONDICIONAL).

Derogado – Código de Procedimiento Penal – Fecha de vigencia: 31 de Marzo de 2001 ARTÍCULO 66.- (LIBERTAD CONDICIONAL). El Juez de la causa, mediante sentencia motivada, podrá conceder Libertad Condicional por una sola vez al condenado a pena privativa de libertad que hubiera cumplido las dos terceras partes de la condena, previo informe de […]

ARTÍCULO 66.- (LIBERTAD CONDICIONAL). Leer más »

ARTÍCULO 64.- (PERDÓN JUDICIAL).

Derogado – Código de Procedimiento Penal – Fecha de vigencia: 31 de Marzo de 2001  ARTÍCULO 64.- (PERDÓN JUDICIAL). El juez podrá conceder, excepcionalmente, el perdón judicial al autor de un primer delito cuya sanción no sea mayor a un año, cuando por la levedad especial del hecho y los motivos determinantes, existan muchas probabilidades

ARTÍCULO 64.- (PERDÓN JUDICIAL). Leer más »

ARTÍCULO 62.- (REVOCATORIA).

Derogado – Código de Procedimiento Penal – Fecha de vigencia: 31 de Marzo de 2001  ARTÍCULO 62.- (REVOCATORIA). Si durante el período de prueba el beneficiario quebrantare sin causa justificada las normas de conducta impuestas, la suspensión será revocada y se aplicará la sanción ya establecida. Si cometiere otro delito, quedará sujeto al cumplimiento de

ARTÍCULO 62.- (REVOCATORIA). Leer más »

ARTÍCULO 63.- (EXTINCIÓN DE PENA).

Derogado – Código de Procedimiento Penal – Fecha de vigencia: 31 de Marzo de 2001  ARTÍCULO 63.- (EXTINCIÓN DE PENA). Si la suspensión no hubiere sido revocada durante el período de prueba la pena quedará extinguida.  ARTÍCULO 63.- (EXTINCIÓN DE PENA). Si la suspensión no hubiere sido revocada durante el período de prueba la pena

ARTÍCULO 63.- (EXTINCIÓN DE PENA). Leer más »

ARTÍCULO 59.- (SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA).

Derogado – Código de Procedimiento Penal – Fecha de vigencia: 31 de Marzo de 2001 ARTÍCULO 59.- (SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA). El juez, en sentencia motivada y previos los informes necesarios, podrá suspender condicionalmente el cumplimiento y ejecución de la pena, cuando concurran los requisitos siguientes: La pena privativa de libertad impuesta no exceda

ARTÍCULO 59.- (SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA). Leer más »

ARTÍCULO 60.- (DELITOS CULPOSOS).

Derogado – Código de Procedimiento Penal – Fecha de vigencia: 31 de Marzo de 2001 ARTÍCULO 60.- (DELITOS CULPOSOS). La suspensión condicional de la pena podrá otorgarse, por una segunda vez, tratándose de delitos culposos que tuvieran señalado pena privativa de libertad. ARTÍCULO 60.- (DELITOS CULPOSOS). La suspensión condicional de la pena podrá otorgarse, por

ARTÍCULO 60.- (DELITOS CULPOSOS). Leer más »

ARTÍCULO 58.- (DETENCIÓN DOMICILIARIA).

Vigente – Modificado por la Ley No. 2298 de 20 de diciembre de 2001 ARTÍCULO 58.- (DETENCIÓN DOMICILIARIA). Cuando la pena no excediera de dos años, podrán ser detenidas en sus propias casas las mujeres y las personas mayores de sesenta años o valetudinarias. Texto Original ARTÍCULO 58.- (DETENCIÓN DOMICILIARIA). Cuando la pena no excediere

ARTÍCULO 58.- (DETENCIÓN DOMICILIARIA). Leer más »

ARTÍCULO 56.- (TRABAJO DE MUJERES, MENORES DE EDAD Y ENFERMOS).

Declarado inconstitucional – Jurisprudencia – Sentencia Constitucional No. 2014 0206, 5 de febrero de 2014 ARTÍCULO 56.- (TRABAJO DE MUJERES, MENORES DE EDAD Y ENFERMOS). Las mujeres, los menores de veintiún años y los enfermos, no podrán ser destinados sino a trabajos dentro del establecimiento y de acuerdo a su capacidad. ARTÍCULO 56.- (TRABAJO DE

ARTÍCULO 56.- (TRABAJO DE MUJERES, MENORES DE EDAD Y ENFERMOS). Leer más »

ARTÍCULO 57.- (EJECUCIÓN DIFERIDA).

Derogado – Código de Procedimiento Penal – Fecha de vigencia: 31 de Marzo de 2001 ARTÍCULO 57.- (EJECUCIÓN DIFERIDA). Cuando la pena privativa de libertad recayere en una persona gravemente enferma, o en una mujer embarazada o con hijo menor de seis meses, el juez podrá diferir su ejecución. ARTÍCULO 57.- (EJECUCIÓN DIFERIDA). Cuando la

ARTÍCULO 57.- (EJECUCIÓN DIFERIDA). Leer más »