Código Penal – Ley No. 1768 – Modificados

ARTÍCULO 26 Octies.(CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES)

Vigente – Incorporado por la Ley No. 1390 de 27 de agosto de 2021 ARTÍCULO 26 Octies.(CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES)I. Serán circunstancias agravantes de la responsabilidad penal de la persona jurídica: 1. La concurrencia de víctimas múltiples; o.,2. La reincidencia. II. En los casos precedentes, corresponderá la fijación de la sanción agravada hasta en una mitad del

ARTÍCULO 26 Octies.(CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES) Leer más »

ARTÍCULO 26 Sexies. (SANCIONES REPARATORIAS).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 1390 de 27 de agosto de 2021 ARTÍCULO 26 Sexies. (SANCIONES REPARATORIAS).Son sanciones reparatorias las siguientes: 1.Prestaciones Obligatorias Vinculadas con el Daño Producido. Consistirá en la obligación de la persona jurídica de restaurar integralmente los daños ocasionados en la comisión o como resultado del ilícito penal cometido, revirtiendo

ARTÍCULO 26 Sexies. (SANCIONES REPARATORIAS). Leer más »

ARTÍCULO 26 Septies. (CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 1390 de 27 de agosto de 2021 ARTÍCULO 26 Septies. (CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES).I. Serán circunstancias atenuantes de la responsabilidad penal de la persona jurídica: 1. Haber denunciado ante las autoridades competentes el ilícito penal a través de sus representantes legales, antes de haberse iniciado la acción penal contra la

ARTÍCULO 26 Septies. (CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES). Leer más »

ARTÍCULO 26 Quinquies. (SANCIONES PROHIBITIVAS).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 1390 de 27 de agosto de 2021 ARTÍCULO 26 Quinquies. (SANCIONES PROHIBITIVAS). Son sanciones prohibitivas las siguientes: 1.Suspensión Parcial de Actividades. Consistirá en la suspensión de toda actividad de la persona jurídica por un plazo que no podrá ser menor a dos (2) meses ni exceder de doce

ARTÍCULO 26 Quinquies. (SANCIONES PROHIBITIVAS). Leer más »

ARTÍCULO 26 Quater. (SANCIONES ECONÓMICAS).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 1390 de 27 de agosto de 2021 ARTÍCULO 26 Quater. (SANCIONES ECONÓMICAS).Son sanciones económicas las siguientes: 1.Multa Sancionadora. Consistirá en el pago de un monto de dinero deducible de la utilidad bruta, de la última gestión anterior a la comisión del hecho, salvo disposición contraria de este Código:

ARTÍCULO 26 Quater. (SANCIONES ECONÓMICAS). Leer más »

ARTÍCULO 26 Bis. (SANCIONES A LAS PERSONAS JURÍDICAS).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 1390 de 27 de agosto de 2021 ARTÍCULO 26 Bis. (SANCIONES A LAS PERSONAS JURÍDICAS).I. Son sanciones para las personas jurídicas, que incurran en delitos de corrupción o vinculados, las siguientes: 1. Pérdida de la Personalidad Jurídica;2. Sanciones Económicas: a) Multa sancionadora;b) Pérdida temporal de beneficios estatales;c) Decomiso.

ARTÍCULO 26 Bis. (SANCIONES A LAS PERSONAS JURÍDICAS). Leer más »

ARTÍCULO 26 Ter. (PÉRDIDA DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 1390 de 27 de agosto de 2021 ARTÍCULO 26 Ter. (PÉRDIDA DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA).I. La pérdida de la personalidad jurídica procederá cuando la persona jurídica haya sido conformada para la comisión de ilícitos penales, independientemente de su finalidad legal declarada, salvo disposición contraria, expresamente prevista en esta

ARTÍCULO 26 Ter. (PÉRDIDA DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA). Leer más »

ARTÍCULO 26.- (ENUMERACIÓN).

VIGENTE – Modificado por la Ley No. 1768 de 10 de marzo de 1997 ARTÍCULO 26.- (ENUMERACIÓN). Son penas principales: 1. Presidio.2. Reclusión.3. Prestación de trabajo.4. Días-multa. Es pena accesoria la inhabilitación especial. Texto Original ARTÍCULO 26.- (ENUMERACIÓN). Son penas principales: 1. Presidio.2. Reclusión.3. Prestación de trabajo. ARTÍCULO 26.- (ENUMERACIÓN). Son penas principales: 1. Presidio.2.

ARTÍCULO 26.- (ENUMERACIÓN). Leer más »